domingo, 28 de septiembre de 2014

U.S.O Fuerteventura y los Empleados Públicos



USO Fuerteventura exige el pago total de la paga extra y la recuperación salarial de los empleados públicos.
La Unión Sindical Obrera denuncia la alarmante pérdida salarial de los empleados públicos en España que, en el período 1991-2014, ha supuesto un descenso del 33,14%. De esta forma, en el periodo comprendido entre los años 1991 y 2014, la pérdida acumulada es del -33,14 %, y en los últimos trece años, la diferencia retributiva media entre el sector privado y el público se concreta en un -28,30%, en detrimento del sector público. Además, en los últimos cinco años, los empleados públicos han visto sus retribuciones disminuidas en un 11,5%.
Las pérdidas acumuladas que han sufrido los empleados y las empleadas públicas a lo largo de los años son francamente llamativas y ponen en evidencia, una vez más, la situación real de la inmensa mayoría de los empleados públicos que han visto como año tras año su poder adquisitivo se veía mermado por cuestiones ajenas al desempeño de su trabajo.
Para Luis Deleito, secretario general de la Federación de Empleados Públicos de USO, la congelación de las retribuciones para el año 2015 “vienen a confirmar de nuevo que los empleados y empleadas públicos son los “pagadores” de la mala situación económica, provocada por otros. Los empleados y empleadas públicas no somos culpables de la crisis, pero la pagamos y lo más llamativo es que nunca, en época de bonanza, hemos tenido ninguna compensación”. 
Devolución de la paga extra
Para la Federación de Empleados Públicos de la Unión Sindical Obrera resulta, cuánto menos curioso, que se quiera “vender” a la sociedad la generosidad del Gobierno con los empleados y empleadas públicos, devolviendo parte de la paga extra del 2012, concretamente un 25%, cuando la realidad es bien distinta.
Hay miles de sentencias, y pendientes del fallo del Tribunal Constitucional, que dictan que el Gobierno y todas las Administraciones “confiscaron” parte de la paga extra que ya había sido devengada.
Esto supone que aceptan pagar los famosos 44 días que ya tienen claro que se les iba a obligar por Sentencia a devolver, pero siguen reteniendo el resto, a pesar de sus repetidas manifestaciones en las que siempre han dicho, que era una suspensión temporal de la paga extra, y que se devolvería en 2015, y como hemos podido comprobar esa afirmación no era cierta.
Por todo ello, desde USO exigimos el pago total de la paga extra y la devolución de todos los derechos laborales que han sido suprimidos en los últimos años a los empleados y las empleadas públicas en España.

Fuerteventura, 28 de Septiembre de 2014

viernes, 26 de septiembre de 2014

GRAN CONTRATO PARA SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA




Defensa otorga la vigilancia de sus cuarteles a una empresa que Defrauda a Hacienda.Tras varios intentos fallidos, el Gobierno ha adjudicado los servicios de vigilancia, alarmas y seguridad de todas las instalaciones del Ministerio de Defensa a una empresa que está acusada por la Agencia Tributaria de un fraude fiscal por pagar en B conceptos retributivos fuera de la nómina oficial. El beneficiario es Seguridad Integral Canaria, empresa propiedad del empresario Miguel Ángel Ramírez, que fue indultado el pasado año por el Gobierno de Mariano Rajoy después de cometer un delito urbanístico.
Según el acuerdo de la Junta de Contratación, la compañía de Ramírez ganó el contrato para dar servicios de seguridad y control a todos los edificios del Ministerio de Defensa y sus organismos autónomos después de realizar un concurso público que se ha alargado durante nueve meses. Tras solicitar varias ofertas, finalmente la Junta resolvió la adjudicación mediante una subasta electrónica en la que factor principal para ganar la puja era el precio ofertado por las empresas. Es decir, el coste por empleado por hora trabajada.
Seguridad Integral Canaria se impuso en la subasta al obtener la mayor puntuación -95,37-, batiendo a competidores como Eulen, Securitas, Segur Ibérica, Alentis, Secoex y Clece, la filial de ACS. La compañía con origen en las islas afortunadas ofreció 13,70 euros por hora para los vigilantes de seguridad y 5,49 euros para los auxiliares de servicios, por lo que el salario que cobrarían los empleados sería sensiblemente inferior. Se estima que en el segundo caso apenas superará los 3 euros por hora trabajada. La mayoría de los interesados se quedó muy lejos de estos ratios.
Ramírez se hizo con el Lote 1 del concurso que asciende a 31,87 millones de euros por dos años, mientras que Proman Servicios Generales ganó el Lote 2, valorado en 11,12 millones por 24 meses. En total, ambas compañías pagaron 43 millones, por un contrato que estaba valorado inicialmente en 72,57 millones, según el pliego de contratación del Ministerio de Defensa.
Fuentes próximas al Gobierno han indicado que el método de adjudicación fue totalmente transparente y que el criterio principal era el económico para ahorrar dinero a los contribuyentes. Pero lo cierto es que, según la Agencia Tributaria, Seguridad Integral Canaria le hace un flaco favor a las arcas del Estado porque Hacienda la ha acusado de defraudar 2,3 millones entre 2008 y 2009 “al pagar fuera de nómina conceptos salariales no exentos que luego fueron incluidos en el certificado de retenciones como dietas”.
Horas extras no declaradas
Así consta en el informe que la Agencia Tributaria remitió este año a la Fiscalía de Delitos Económicos, tras una denuncia de la Federación de Trabajadores de Seguridad Privada del sindicato USO. El documento subraya que el delito habría consistido en “evitar practicar retención sobre retribuciones satisfechas a trabajadores de Seguridad Integral, mediante el subterfugio de calificarlas como exentas de gravamen”. Ramírez, presidente también de la Unión Deportiva Las Palmas, club histórico ahora en Segunda División, siempre ha negado estos cargos. No obstante, el auditor del grupo le puso una salvedad en sus cuentas al no tener provisionada esta posible sanción.
Según consta en el texto, Seguridad Integral Canaria, que desde el pasado mes de agosto asume también la vigilancia de tres zonas de la red de Metro de Madrid, así como varios contratos de seguridad para Patrimonio del Estado, “no sólo eludió su obligación de practicar retención sobre gran parte de los salarios satisfechos a sus trabajadores, sino que dichas rentas quedaron libres de tributación ya que tampoco se incluyeron por los trabajadores en sus declaraciones de IRPF”.
La inspección de la Agencia Tributaria ha corroborado que las dietas declaradas por Seguridad Integral Canaria suponían “un 30,16 % de los rendimientos de trabajo declarados en 2008 y un 27,9 % en 2009″. El informe subraya que para alcanzar la facturación declarada, “Seguridad Integral Canaria tuvo que prestar, como mínimo, 3.134.948 horas de servicio de vigilancia en 2008 y 3.433.629 horas en 2009 y los vigilantes contratados sólo pudieron realizar 2.659.423 horas en el primer año y 2.900.652 en el segundo, por lo que es materialmente imposible que se haya facturado por valor de las horas declaradas con el personal del que disponía y con las horas extra admitidas”.
El texto prosigue que “dicha facturación requiere como mínimo 475.524 horas adicionales en 2008 y 532.976 en 2009. Por lógica, estas horas suplementarias sólo pudieron realizarse fuera de la jornada ordinaria de los trabajadores, esto es, mediante horas extra no declaradas“.
Un ministro en un concesionario de coches
Miguel Ángel Ramírez, un empresario de origen humilde que se declara hecho a si mismo, fue condenado en 2011 en sentencia firme a tres años de cárcel por delito medioambiental al ampliar su chalet utilizando metros de paisaje natural protegido en el norte de Gran Canaria. El 22 de noviembre del pasado año, el Gobierno lo indultó.
El 4 de diciembre, Ramírez hizo la fiesta de inauguración de un concesionario de coches en Las Palmas al que acudió como anfitrión el ministro de Industria, José Manuel Soria. Para el titular de la cartera de Energía, su paisano canario es “el ejemplo más puro de emprendedor” por su capacidad para convertir “sueños en ideas, estas en proyectos y finalmente en una empresa”.
Fuente: elconfidencial.com

Fuerteventura, 26 de Septiembre de 2014

martes, 9 de septiembre de 2014

U.S.O Fuerteventura dice ¡STOP LEY DE MUTUAS!!



USO Fuerteventura ha expresado desde el principio su rechazo a la futura Ley de Mutuas, una reforma de calado que está pasando desapercibida. Por ello, lanzamos esta campaña informativa para que todos y todas conozcais que las implicaciones y consecuencias de esta ley
En los últimos años, las Mutuas han adquirido cada vez más competencias relativas a la salud de los trabajadores y trabajadoras, sin que esto haya tenido efectos positivos en la mejora de la atención que prestan. Sin embargo, todo puede empeorar y ahora se pretende dar a estas entidades aún mayor poder. Por ello manifestamos nuestra oposición al Proyecto de Ley por los motivos siguientes:
Las altas quedan en manos del tándem Mutuas-INSS. Ante la Propuesta de alta por parte de la Mutua, Inspección Sanitaria tiene 5 días para emitir parte de confirmación de baja. Si Inspección no da respuesta, la Mutua puede acudir al INSS que responderá en 4 días.
Les entrega el poder total sobre la gestión de la IT por Enfermedad Común. Tendrán la potestad de declarar, denegar, suspender y anular el derecho a la prestación económica. Además, los pagos realizados por las Mutuas tendrán carácter provisional durante dos meses.
Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social pasan a denominarse Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social, abriendo la puerta a que les sea encomendada cualquier tipo de colaboración según se prevé el Proyecto de Ley.
Los Convenios entre las Mutuas y los Servicios Públicos de Salud para adelantar asistencias, tratamientos o pruebas a trabajadores de baja, pasarán a ser retribuidos a las Mutuas. Hasta ahora estos convenios se consideraban como inversión para acortar las bajas y reducir el pago de prestaciones, siendo por ello un ahorro para las Mutuas, que no se retribuía de otra forma. Pagar por ellos busca debilitar el sistema público de salud y es una forma de privatización encubierta.

Afecta a aspectos importantes en materia de prevención de riesgos. Las Mutuas deberán deshacerse de sus Sociedades de Prevención, creadas con patrimonio de la Seguridad Social, antes del 15 de Marzo de 2015. Las que no encuentren comprador serán liquidadas. Esto supone un cambio radical en el mercado de los servicios de prevención con consecuencias en millones de personas trabajadoras. Además algunas están llevando a cabo estas operaciones de venta de forma dudosa.
Con el dinero de las cotizaciones, las Mutuas podrán crear la Reserva Complementaria. Con ella podrán pagar el exceso de gastos de administración, sanciones administrativas y gastos procesales. Esto cambiará la situación actual, en la que los gastos indebidos se pagan con el patrimonio histórico, que es titularidad de las empresas asociadas, incluso en caso necesario, se puede exigir una derrama entre las empresas asociadas.
Creemos que lo que el Proyecto de Ley de Mutuas busca es favorecer los intereses de Gobierno y Empresarios:
Al disminuir los costes en prestaciones de incapacidad temporal por acortamiento de las bajas (aún poniendo en riesgo nuestra salud), los empresarios tienen los argumentos para solicitar la tan ansiada reducción de las cotizaciones sociales. Además consiguen reducir el absentismo, aunque sea a costa de nuestra salud.
El Gobierno consigue un ahorro en el gasto de la Seguridad Social que puede destinar a otros fines.
Las Mutuas asumen cada vez más facultades de gestión y control. Aunque la supuesta eficiencia de las mutuas es a costa de cargar buena parte de sus costes al Sistema Nacional de Salud.
El Proyecto de Ley de Mutuas no incorpora ninguna medida en relación a la Salud Laboral de las que si son verdaderamente importantes, tales como la actualización de los listados de enfermedades profesionales, o las mejoras en su detección y declaración.
Tampoco busca combatir la inadecuada calificación de las contingencias profesionales como comunes, habitual a causa de que las Mutuas se niegan a reconocer el origen laboral de las lesiones, o la sistemática calificación de la gravedad de los accidentes a la baja. A pesar de esto no establece ningún control para sus actuaciones sanitarias.
Desde la Unión Insular de Fuerteventura de U.S.O. nos sumamos a la campaña estatal de la Unión Sindical Obrera.
Fuerteventura, 09 de Septiembre de 2014

lunes, 25 de agosto de 2014

Boletín Noticias y Publicaciones U.S.O.


Muy Buenas a todos los compañeros y compañeras. Os adjuntamos el boletín de prensa de la Confederación de la Unión Sindical Obrera- U.S.O.


Asimismo os dejamos el enlace a la página de este mismo blog con las Publicaciones más relevantes de la Unión Sindical Obrera y sus Federaciones, periódicamente iremos subiendo los boletines y publicaciones. Muchas Gracias por vuestra visita.
http://usofuerteventura.blogspot.com.es/p/publicaciones-uso.html
Fuerteventura, 25 de Agosto de 2014

lunes, 4 de agosto de 2014

Boletín Federación Empleados Públicos Julio-Agosto 2014

http://www.fep-uso.es/attachments/article/4714/boletin_digital_105.pdf
Desde la Unión Insular de Fuerteventura os hacemos llegar un nuevo número del Boletín de la Federación de Empleados Públicos de U.S.O. Pinchando en la foto entras directamente al boletín.
Muchas Gracias y Buena Semana.

Fuerteventura, 05 de Agosto de 2014

Sentencia de la Audiencia Nacional sobre facilitar el móvil y correo electrónico a la Empresa



Desde la Unión Sindical Obrera de Fuerteventura os informamos de una importante sentencia de la audiencia Nacional que se ha conocido estos días. Aprovechamos las fechas para recordar que a partir del 11 de agosto recuperamos el horario normal de oficina.
La Audiencia Nacional ha dictaminado que las empresas no pueden imponer a los trabajadores que le faciliten los números de teléfono móvil y dirección de correo electrónico propios, para efectuar cualquier comunicación referida a su relación laboral.
En una reciente sentencia dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en resolución de conflicto colectivo planteado por USO en una empresa de servicios del sector de Contact Center, se 
declara la nulidad de las cláusulas impugnadas que la empresa demandada venía incorporando a los contratos de trabajo por considerarlas abusivas, ya que se  obligaba a los trabajadores y trabajadoras a disponer de medios propios -móvil e Internet- y a proporcionárselos a la empresa para que ésta les efectuara cualquier comunicación referida a su relación laboral y a estar disponibles para la empresa fuera de horas de trabajo.
La Sala afirma que la comunicación de los números de teléfono móvil y dirección de correo electrónico requiere el consentimiento de los interesados a menos que concurra los supuestos excepcionados en la LOPD -lo que no es el caso-, por lo que la empresa no podía imponer a los trabajadores que le facilitasen los referidos datos porque ello sería contrario a la Ley.
La empresa demandada incorporaba una cláusula en los contratos de trabajo que literalmente decía: "Ambas partes convienen expresamente que cualquier tipo de comunicación relativa a este contrato, a la relación laboral o al puesto de trabajo, podrá ser enviada al trabajador vía SMS o vía correo electrónico, mediante mensaje de texto o documento adjunto al mismo, según los datos facilitados por el trabajador a efectos de contacto. Cualquier cambio o incidencia con respecto a los mismos, deberá ser comunicada a la empresa de forma fehaciente y a la mayor brevedad posible."

Fuerteventura, 05 de Agosto de 2014

jueves, 24 de julio de 2014

Siete novedades que debe tener en cuenta si cojemos una Baja Laboral, Nueva Ley de Mutuas

Desde U.S.O. Fuerteventura os dejamos unas claves para entender la nueva Ley de Mutuas.
El Gobierno ha aprobado el Real Decreto de gestión de la incapacidad temporal en el primer año de duración y el proyecto de ley de mutuas. Esta medida supone novedades en la práctica si coges una baja médica por enfermedad común. A continuación, todas las claves de la reforma.
1-El médico de la Seguridad Social sigue teniendo la última palabra en el alta
La nueva ley respeta que sean siempre los facultativos de los Servicios Públicos de Salud (SPS) o de la Seguridad Social (INSS) quienes tengan la última palabra para dar el alta médica a los trabajadores y que estos se incorporen a su puesto de trabajo, una vez restablecidos. En un principio, el Ejecutivo barajó la posibilidad de que las mutuas pudieran dar el alta, pero lo han descartado finalmente.
2- Los trabajadores no tendrán que ir cada 7 días a por el parte de baja.
Los empleados de baja médica ya no tendrán que desplazarse a su centro de salud cada siete días para recoger sus partes como se hacía hasta ahora.
Con la nueva ley los partes de baja se justarán a la previsión del seguimiento clínico. Es decir, con la nueva ley los médicos dispondrán de tablas orientativas de duración estándar de las bajas según las patologías del trabajador, su edad y su actividad laboral. Así la baja mínima será de cinco días y en este caso se podrá expedir el parte de baja y alta en la misma visita.
Si la duración de la incapacidad temporal (IT) se estima en entre cinco y 30 días, el parte de confirmación de la baja deberá expedirse cada dos semanas; si el proceso está previsto que dure entre 31 y 60 días, el parte de confirmación se dará cada 28 días, y en enfermedades de larga duración, de más de 61 días, la confirmación de la baja se expedirá cada 35 días.
3- Las mutuas pueden sugerir a la Seguridad Social el alta de un trabajador
Las mutuas a partir de este momento cuando consideren que el beneficiario de la baja puede no estar impedido para el trabajo podrá hacer propuestas motivadas de alta médica dirigidas a la inspección médica de los Servicios Públicos de Salud.
La inspección médica de los SPS deberá comunicar a la mutua y al INSS en un plazo de 5 días hábiles la emisión del alta de un trabajador o su denegación. Si el SPS desestima la propuesta de alta de la mutua o no contesta en forma y plazo, la mutua podrá solicitar el alta al INSS, que deberá contestar en 4 días.
Se establece un régimen transitorio en cuanto a los plazos de contestación durante los 6 meses posteriores a la entrada en vigor, a la espera de que la ley de mutuas termine su tramitación parlamentaria y entre en vigor. En este periodo, en el caso de los SPS será de 11 días, y en el del INSS serán 8.
4- Las mutuas podrán controlar a las personas de baja desde el primer día
Las mutuas podrán actuar desde el primer día de la baja laboral, hasta ahora sólo podían intervenir a partir del decimosexto día. Esta nueva norma amplía el papel de control e inspección de las mutuas y, según el Ejecutivo, su objetivo es reducir el fraude y el absentismo.
5- ¿Qué pasa si un trabajador no acude a un reconocimiento médico?
Además, de acuerdo con lo aprobado en los presupuestos generales del Estado de 2014, se regula la posibilidad de suspender la prestación cautelarmente cuando el trabajador no se presente a un reconocimiento médico.
Si en el plazo de 4 días el trabajador no ha justificado debidamente su ausencia se extinguirá la situación de incapacidad temporal.
De esta forma, si la ausencia ha sido por causa justificada no se extingue automáticamente la prestación como ocurría antes de la modificación.
6- Se simplifican las bajas para los autónomos
La ley de mutuas simplifica los trámites para el acceso a la prestación por cese en la actividad por la que cotizan los trabajadores autónomos.
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, destaco ayer que el 80% de las peticiones se rechazaba por ser un sistema muy rígido y ser difícil de justificar las pérdidas. El Ejecutivo espera que el nuevo marco regulatorio facilite las bajas de los autónomos.
7- Las empresas podrán aplicarse antes las deducciones por incapacidad temporal
La norma establece la obligatoriedad de hacer constar en los partes de baja la duración probable de la incapacidad temporal y la fecha del nuevo reconocimiento médico. Además, diariamente los partes de baja y alta se transmitirán telemáticamente desde los servicios públicos de salud al INSS y de éste a las mutuas cuando éstas sean responsables de la protección del trabajador. Este proceso permitirá que las empresas, desde el primer momento, puedan controlar las deducciones que se hacen de las prestaciones por incapacidad temporal al ingresar las cuotas de la Seguridad Social.
Fuerteventura, 24 de Julio de 2014