martes, 30 de diciembre de 2014

Convenio Colectivo Nacional Empresas Seguridad Privada

http://ftspuso.org/?wpfb_dl=187
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Desde la Unión Insular de U.S.O. Fuerteventura os deseamos un próspero Año Nuevo, lleno de Trabajo, Salud y Paz.
Dar las Gracias a Todos y Todas por el Seguimiento cotidiano a la Página.
En laa imagen tienes acceso al Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad Privada para el año 2015.

Fuerteventura, 30 de Diciembre de 2014

Los Vigilantes de Machín Seguridad en Fuerteventura continúan sin cobrar

http://youtu.be/8c-uoIjnZ9Q
Desde U.S.O. Fuerteventura adjuntamos noticia publicada por los compañeros de la Sección Sindical de U.S.O. en Atlantisegur.
Los Compañeros de Machín Seguridad nos hacen llegar un comunicado sobre la Grave y Penosa situación que están pasando ante los reiterados impagos de salarios y cantidades en su empresa .A esto se le suma las continuas promesas, todas ellas incumplidas por parte de la empresa de pronta resolución.
Desde la Sección Sindical de U.S.O. en Atlantisegur cedemos gustosamente las páginas de nuestro blog para su difusión. Recordar además que los compañeros de Machín Seguridad fueron los primeros en sumarse y apoyar nuestras movilizaciones en contra de los Descuelgues en nuestra Empresa.
Las trabajadoras/es que prestan servicio, como vigilantes de
seguridad, en el área de salud de Fuerteventura están a las puertas de
la desesperación por la grave situación en la que han visto sumidos tan
solo por trabajar.
Nos explicamos; a estas compañeras/os se les adeudan cantidades desde
el mes de Marzo 2014, parte de las pagas extras, horas festivas, horas
nocturnas y horas extras.
A fecha de 27 de Diciembre se le suma el no haber cobrado las nóminas de Septiembre, Octubre y Noviembre 2014.
Se acerca el final de mes de Diciembre y mucho nos tememos que tampoco cobrarán nada este mes.
Se han puesto demandas de cantidades, se ha denunciado ante Inspección
de Trabajo, se han reunido con el Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de
Puerto del Rosario, el Sr. Rafael Páez Santana. Además se han enviado escrito a la Gerencia de los Servicios Sanitarios del Servicio Canario de Salud.
¿A qué esperan aquellas personas que tienen la potestad para que esta situación acabe ya?
¿A qué esperan las autoridades que tienen competencias, para solucionar los impagos?
Desde esta sección sindical pedimos vuestro apoyo a los compañeros de Machín Seguridad, sin tener en cuenta las siglas a las que estén afiliados, para todas las acciones que se decidan en pro de restablecer la normalidad en sus trabajos y el cobro normal de sus salarios.
En breve se informara de las acciones a realizar, y desde esta Sección Sindical apoyaremos sean convocadas por las siglas que sean.
¡Hoy son ellos y mañana nos puede tocar a nosotros!
Compañeras/os de Machín Seguridad, desde la Sección Sindical de U.S.O. en Atlantisegur S.L. nuestro Apoyo y Solidaridad.
Enlace a video publicado en Youtube sobre los impagos en Machín Seguridad:

Os pedimos, asimismo, dar la mayor difusión a este comunicado y que compartáis en redes sociales, foros,etc.

Fuerteventura, 30 de Diciembre de 2014

viernes, 19 de diciembre de 2014

Convocatoria Huelga en Seguridad Integral Canaria


 
Desde la Unión Sindical Obrera de Fuerteventura nos hacemos eco de la convocatoria de Huelga en Seguridad Integral Canaria para la Provincia de Las Palmas.
Los Trabajadores de Seguridad Integral Canaria convocan una huelga para los días clave de Navidad. USO y las demás fuerzas sindicales lo anunciaron en el día de ayer en rueda de prensa concedida a los medios.
La finalidad es reclamar que la compañía deje de aplicar el convenio de empresa, por el que se bajó 300 euros el sueldo de los trabajadores.La huelga afectará a los días 24, 25 y 31 de diciembre y a los días 1, 5 y 6 de enero.
Los trabajadores de Seguridad Integral Canaria en la provincia de Las Palmas han convocado una huelga para los días clave de Navidad, 24, 25 y 31 de diciembre y 1, 5 y 6 de enero, con el fin de reclamar que la compañía deje de aplicar el convenio de empresa, vigente desde hace dos años, por el que se bajó en 300 euros el sueldo a los trabajadores, y que se vuelva al convenio estatal.
“En los últimos tres años, la empresa ha aplicado primero un descuelgue de convenio, pero que el TSJC lo echó atrás. Miguel Ángel Ramírez, lo recurrió al Tribunal Supremo,pero al ver que le ha salido mal la jugada, decide hacer un convenio de empresa, a la baja, por su puesto”.
Dicho convenio supuso una merma de 300 euros mensuales para cada trabajador, alrededor de 1.000 en la provincia, los sindicatos recurrieron nuevamente al TSJC, que les dio la razón, volviendo a recurrir Seguridad Integral al Supremo.
“Aunque la justicia le diga que no tiene razón, al señor Ramirez parece importarle bien poco”, no es sólo que Seguridad Integral Canaria no se quiera poner al día con los pagos, sino que sigue aplicando un convenio de empresa “que ya ha dicho la justicia que no tiene razón de ser”.
Todos los sindicatos presentes en la compañía ademas de la USO (IC, CCOO y UGT) han decidido llevar a cabo la huelga. “Está claro que una huelga los 24, 25 y 31 de diciembre y 1,5 y 6 de enero son en días clave” y con ello no queremos perjudicar a nadie, pero entendemos que el primer perjudicado va a ser el trabajador porque el que se sume a esta huelga tendrá un descuento por día de 80 euros.
La huelga afectará solo a la provincia de Las Palmas, que es el único sitio donde no se aplica el convenio estatal. “Es el único sitio donde Ramírez controla el comité de empresa”.
En Santa Cruz de Tenerife por ejemplo la mayoría sindical la ostenta la USO e impide los desmanes de este empresario por lo que todas las tropelias de Integral son denunciadas y en Madrid pasa lo mismo. El único sitio donde puede aplicar el convenio es en Gran Canaria motivado por como decimos por el control que ejerce en el comité de empresa formado por empleados fieles.
Finalmente, expuso que el objetivo de esta movilización es que Seguridad Integral Canaria “ceda” y decida ponerse “a pagar lo que corresponde y lo que marca la ley”.
Fuerteventura, 20 de Diciembre de 2014

domingo, 14 de diciembre de 2014

miércoles, 19 de noviembre de 2014

U.S.O. Fuerteventura Informa

El pasado día 5 de Noviembre, en la sede de U.S.O Fuerteventura, se realizó asamblea informativa para las afiliadas/os.
El objetivo fue el de informar del cierre de la sede, la fecha es el 29 de Noviembre, y cuál sería el contacto para realizar consultas. Así mismo se informo que el correo: ftspusoftv@gmail.com seguirá operativo como medio de comunicación, consultas, sugerencias, etc. 
A dicha asamblea solo asistieron compañeros del sector de la seguridad privada.
Por parte de los asistentes se propuso el crear un grupo de trabajo que coordinara la labor que hasta ahora  venía realizando el compañero Fernando Macario, siempre en el ámbito del sector de la seguridad privada. Los encargados de coordinar este grupo de trabajo son los compañeros José Ramón Morales y Fernando González. A este equipo se sumará en los próximos meses el compañero Fernando Macario.  Igualmente este equipo está abierto a todos los compañeros y compañeras con ganas de trabajar y defender los derechos de los trabajadores/as de seguridad privada.
Con ello se establecen las bases para en un futuro, no muy lejano, crear una Comisión Gestora de U.S.O. Fuerteventura y con ello conseguir tener mayor presencia y relevancia en la isla.
Igualmente se intercambiaron impresiones y preguntas, entre los asistentes, sobre la situación del Sector en la isla y la labor que la FTSP- U.S.O Fuerteventura viene realizando en diversas empresas, sobre todo aquellas que con creces se han ganado el sobrenombre de EMPRESAS PIRATAS.
Desde U.S.O Fuerteventura agradecer a las compañeras/os su asistencia y su participación en la asamblea.


GRACIAS A TODAS/OS.

Fuerteventura, 20 de Noviembre de 2014

sábado, 15 de noviembre de 2014

U.S.O. Fuerteventura en Redes Sociales

Recordamos a todos los compañeros y compañeras que nos encontramos inmersos en cambios organizativos importantes en la Unión Insular de Fuerteventura, próximamente informaremos de todos los cambios que se estan produciendo. Mientras tanto, os dejamos los enlaces para que podais contactar con nosotros sin dificultad. 

La dirección de nuestro letrado en Fuerteventura, Sergio Méndez Domínguez continua siendo la misma. Tienes toda la información en la pestaña Gabinete Laboral:
A U.S.O. Fuerteventura nos puedes encontrar en:

Nuestras Páginas:   http://usofuerteventura.blogspot.com.es/
                             http://seccionsindicalatlantisegur.blogspot.com.es/
Canal Youtube:      https://www.youtube.com/channel/UCiHLJaRWcgFqpO5sWSW_YZA
Página Facebook:  https://www.facebook.com/U.S.O.Fuerteventura
Google+:               https://plus.google.com/u/0/+USOFuerteventuraUni%C3%B3nInsular/posts

Correo Electrónico: ftspusoftv@gmail.com
Para consultas de nuestros afiliados y afiliadas nos puedes enviar correo electrónico y prometemos contestar a la mayor brevedad.

Fuerteventura, 15 de Noviembre de 2014

Conflicto Colectivo en el Aeropuerto de Fuerteventura



A finales de Octubre se celebro asamblea informativa del comité de empresa de STAS Aeropuerto Fuerteventura en el local de la unión insular de U.S.O. fuerteventura. Las asambleas se celebraron en sesión de mañana y tarde y contó con la presencia de los tres representantes de U.S.O. en del comité y en la sesión de la tarde se sumo el representante de C.C.O.O. En las asambleas participaron más de una docena de Vigilantes de Seguridad que prestan servicio en el Aeropuerto de Fuerteventura.
Entre los acuerdos más importantes resalta la decisión de interponer demanda contra STAS por Conflicto Colectivo por incumplimiento en materia de Seguridad Laboral.
Próximamente os seguiremos informando de las novedades o noticias que vayan surgiendo relacionadas con los compañeros y compañeras de Seguridad Privada del Aeropuerto de Fuerteventura.

Fuerteventura, 15 de Noviembre de 2014

miércoles, 22 de octubre de 2014

Movilizaciones en Machín Seguridad S.L. Fuerteventura



El pasado 1 de Marzo de 2014 informábamos de la reunión de la dirección de la empresa Machín Seguridad y compañeros de la FTSP-USO Canarias y FTSP-USO Fuerteventura.
Pocos meses después comprobamos que, no solo no se cumplen los compromisos adquiridos sino que los retrasos en el cobro de las nóminas y las horas extras se ha convertido en algo cotidiano.
Ante esta situación, un grupo de trabajadores de la empresa Machín Seguridad de Fuerteventura se movilizan ante los retrasos en el cobro de sus nóminas.
Desde la Federación de Trabajadores de Seguridad Privada de U.S.O. en Fuerteventura apoyamos y nos sumamos a las movilizaciones que se pueda plantear. Allí donde este una empresa incumplidora estaremos los compañeros de la USO para combatir las desigualdades.

Fuerteventura, 22 de Octubre de 2014

Protocolo ante el Ébola



Desde la Federación de Trabajadores-as de Seguridad Privada de la Unión Sindical Obrera de Canarias, nos hacen llegar el presente escrito para su difusión. Desde La Unión Insular de U.S.O. Fuerteventura rogamos máxima difusión entre nuestros afiliados, simpatizantes y compañeros-as de trabajo.  
DICE:
A raíz de los  primeros contagios del virus del Ébola en el territorio español, se ha
extendido la alarma social por estos hechos. Más concretamente en nuestra Provincia se han detectado varios casos de personas con un posible contagio de esta enfermedad, que afortunadamente han dado negativos.
Como algunos/as de nosotros/as, tienen conocimiento en el Hospital Universitario de Canarias (HUC), se ha dispuesto una planta para tratar posibles casos de Ébola, si se detectara algún caso en nuestra Provincia.
En nuestro Ordenamiento Jurídico, en materia de prevención de riesgos laborales
destaca la Ley 31/1995, en que se establece el derecho básico a la protección frente a los riesgos laborales, indicando que "Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo". 
El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de
protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. Este deber de protección constituye, igualmente, un deber de las Administraciones públicas respecto del personal a su servicio.
En dicha ley, también se establecen los Principios de la acción preventiva, que
son evitar los riesgos, realizar una evaluación de los mismos, planificar la
prevención, sustituir lo peligroso, etc.
Además, se debe tener muy en cuenta que el empresario tomará en consideración las capacidades profesionales de los trabajadores en materia de seguridad y de salud en el momento de encomendarles las tareas. En este punto destaca la información y formación teórica y práctica en materia de prevención de riesgos laborales.
Asimismo, los empresarios deberán prever las distracciones o imprudencias no
temerarias que pudiera cometer el trabajador.
En cuanto a los equipos de trabajo y los medios de protección el artículo 17 de la Ley de Prevención establece, la obligación del empresario de adoptar las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos.
Estos equipos de protección individual deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo.
En relación a las obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de
riesgos el artículo 29 de la Ley de Prevención dispone de manera sucinta que:
1. Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario.
2. Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular:
1º Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad.
2º Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste.
3º No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes.
4º Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.
5º Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas.
6º Cooperar con el empresario.
El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de
prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores tendrá la
consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores o de falta, en su caso, conforme a lo establecido en la correspondiente normativa sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos o del personal estatutario al servicio de las Administraciones públicas.
Ahora bien, al margen de la responsabilidad laboral, puede existir una
responsabilidad penal.
El Código Penal recoge en su Título XV los delitos contra los derechos de los
trabajadores. En dicho capítulo, el artículo 316 del Código Penal establece que "Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses".
Por lo tanto, para que se dé el ilícito penal debe concurrir;
- La existencia de al menos una infracción de normas de prevención de riesgos laborales. De las mencionadas con anterioridad relativas a las obligaciones del empresario.
- Poner en peligro grave la vida, la salud o la integridad física de los trabajadores.
- La existencia de una obligación para con los trabajadores. Esta obligación surge entre el empresario o Administración y sus trabajadores como consecuencia del contrato de trabajo.
Dicho delito, es un delito denominado, de riesgo, no de resultado, lo que implica que por el hecho de poner en peligro a los trabajadores, ya se podría estar cometiendo el delito.
Si el delito tuviera otras consecuencias, como las lesiones o la muerte, podría existir un concurso ideal de delitos entre el delito de riesgo y de resultado, a penar conforme dispone el artículo 77 del Código Penal, esto es, aplicando en su mitad superior la pena prevista para la infracción más grave, sin que pueda exceder de la que represente la suma de las que correspondería aplicar si se penaran separadamente las infracciones.
Por todo ello, desde la Sección Sindical de la FTSP-USO,
SOLICITA:
Que se inste a la dirección de las distintas empresas, que se active un Protocolo de
Actuación o Seguridad donde se informe y se forme (si se estima, adecuado) a los trabajadores y trabajadoras de las empresa que prestan servicios en puertos, aeropuertos y centros sanitarios sobre cómo se deben comportar ante este tipo de situaciones, para no poner en peligro la salud de los mismos.

Fuerteventura, 22 de Octubre de 2014