lunes, 23 de diciembre de 2013

Dudas Paga Extra en Seguridad Privada



Primero de todo, dar las gracias de corazón a tod@s los visitantes, afiliados y simpatizantes que con vuestro apoyo nos animáis a seguir adelante.
En esta ocasión desde  USO Fuerteventura aclaramos algunas dudas que como Vigilantes de Seguridad podamos tener en el cobro de las pagas extras para el año 2013-2014.
Para el 2013:
Paga de Beneficios de 2012: Abonada en Marzo 2013, incluye pluses de transporte y vestuario según tabla salarial de 2012.
Paga de Julio 2013: Se abonara en concepto de los últimos 6 meses devengados de 2012 (Incluye Transporte y vestuario), y los 6 primeros meses de 2013 (No incluye transporte y vestuario).
Paga de Navidad 2013: Se abonará en relación a la tabla salarial de 2013 (No incluye transporte y vestuario).
Paga de Beneficios de 2013: Se abonará en Marzo de 2014 en relación a la tabla salaria de 2013, es decir, sin transporte y vestuario.
Para el 2014:
Paga de Julio de 2014: Se abonará en concepto de los ultimos 6 meses devengados de 2013 (No incluye Transporte y vestuario), y los 6 primeros meses de 2014 con la inclusión de nuevo de los pluses de transporte y vestuario).
Paga de Navidad 2014: Se abonará de acuerdo con la tabla salarial de 2014, es decir, incluyendo transporte y vestuario.

Fuerteventura, 23 de Diciembre de 2013

sábado, 21 de diciembre de 2013

Nueva Ley de Seguridad Privada y Comunicado de la FTSP-USO



Posición de la Federación de Trabajadores de Seguridad Privada (FTSP-USO) y de USO Fuerteventura ante las criticas, descalificaciones, e insultos que nos están lloviendo a los Vigilantes de Seguridad en prácticamente todos los medios de comunicación, TV, Papel y Digital, tras la inminente aprobación de la nueva Ley de Seguridad Privada. Al final de la nota de prensa adjuntamos el enlace con la nueva Ley de Seguridad Privada. Desde el enlace podréis descargarla sin problema. Recordamos también que hasta que no salga publicada en el BOE no es oficial.
NOTA DE PRENSA
La FTSP-USO a favor de la nueva Ley de Seguridad Privada
La seguridad privada no es ajena a la crisis del país, que ha hecho mella en este sector. A esto hay que añadirle las miradas de la opinión pública influidas por las voces críticas y en ocasiones cansinas y falaces de algunos tertulianos en los medios de comunicación, que sin estar informados se permitan el lujo de comentar y aseverar que lo que dicen es la verdad.
A esto hay que añadirle que la Unión Federal de Policía (UFP) saliendo en todos los medios de comunicación que están en contra de este proyecto de Ley de Seguridad Privada al considerar que es gravísimo e ignominioso que los vigilantes de seguridad puedan patrullar por zonas públicas o en el exterior de las cárceles. Nos gustaría señalar que no existe un total acuerdo entre la Policía. La CEP (Confederación Española de Policía) ve acertada esta modificación de la Ley de Seguridad Privada y creen, al igual que nosotros, que no va a existir un traspaso de competencias, justo al contrario de lo
que opinan desde la UFP.
A estos señores de la UFP se les olvida, como a algunos medios de comunicación, que el vigilante de seguridad privada está sujeto a la Ley de Seguridad Privada, en la que dice que su función es “evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección”, y que deben poner inmediatamente a disposición de los cuerpos de seguridad a los delincuentes en relación con el objeto de su protección, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, no pudiendo proceder a interrogatorio de aquellos.
Estas funciones se reflejan igualmente en el Reglamento de Seguridad Privada, al que también están sujetos los vigilantes de seguridad.
El vigilante de seguridad no solo puede detener en virtud del art. 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sino que tiene la obligación de hacerlo en cumplimiento del art. 11 d) de la Ley de Seguridad Privada y del art. 76.2 del Reglamento de Seguridad Privada. El vigilante de seguridad no detiene como particular, sino que detiene en los mismos supuestos que lo haría un particular (art. 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), lo que supone una importante diferencia. El vigilante de
seguridad sólo tiene la obligación de detener a un delincuente en caso de cogerle in fraganti o intento de delito.
Muy claro lo dice el Ministerio del Interior: Los vigilantes de seguridad sólo podrán detener en la vía pública a quien cometa un delito en su ámbito de protección, y deberán ponerle a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Esta posibilidad excepcional es una garantía adicional para todos los ciudadanos.
Además, es una facultad lógica que la ley ya atribuía desde hace años a cualquier ciudadano. En cualquier caso, esta nueva Ley de Seguridad Privada no permite la detención arbitraria de ciudadanos por parte de losvigilantes de seguridad.
Tras escuchar las informaciones de los últimos días sobre la nueva Ley de Seguridad Privada, nos preguntamos cómo se puede decir tal cantidad de disparates, insultos, prejuicios, humillaciones y desprecios, tanto sobre la ley como sobre los vigilantes de seguridad, demostrando un total desconocimiento del tema.
No somos vigilantes jurados, ni seguratas. SOMOS VIGILANTES DE SEGURIDAD y a mucha honra. No queremos ni pretendemos ser policías. Somos vigilantes de seguridad, en la mayoría de los casos por vocación y profesionales. Hace años, contábamos con el carácter de agente de la autoridad, hasta que en 1992, el PSOE nos lo quitó. ¿Porqué? Esta es una figura que vamos a recuperar y es sólo para protegernos. Los que recibimos las palizas somos nosotros.
Desde la FTSP-USO preguntamos al PSOE y al resto de partidos políticos en contra de este proyecto de ley cómo se permitió el trabajo de más de 3700 escoltas en el País Vasco y Navarra, y de los más de 100 vigilantes de seguridad en los atuneros que faenan en el Océano Índico.
Somos los más formados de Europa, y Francia ya está copiando el modelo español y la cualificación que reciben nuestros vigilantes. Además, España tiene un importante desarrollo legislativo en materia de formación de Seguridad Privada. Todos los años realizamos un curso de reciclaje de 20 horas. Estamos de acuerdo en que se debe intensificar la formación para que los vigilantes de seguridad sepan desarrollar su actividad sin vulnerar derechos fundamentales. Vamos a tener competencias que no corresponden con la situación laboral actual de este sector, y además un régimen sancionador muy desproporcionado en perjuicio del vigilante de seguridad. Sin embargo, seguimos estando indefensos en caso de huelga por los abusivos servicios mínimos que se nos imponen.
La FTSP-USO reitera la valoración positiva de esta ley, al margen de que existen discrepancias con otras cuestiones ya planteadas anteriormente. Esperamos que en la reforma que se va a llevar a cabo en el Reglamento de Seguridad Privada se terminen de reforzar ciertos aspectos que la nueva Ley de Seguridad Privada no deja totalmente claros.

Enlace Nueva Ley de Seguridad Privada:


Desde USO Fuerteventura aprovechamos la ocasión que nos brinda la página para desearos a tod@s los afiliados, simpatizantes y visitantes unas Felices Fiestas y un Próspero Año Nuevo.

Fuerteventura, 22 de Diciembre de 2013

lunes, 2 de diciembre de 2013

Nota Informativa de FTSP-USO sobre el indulto al propietario de Seguridad Integral Canaria




Desde USO Fuerteventura nos hacemos eco del indulto de Miguel Ángel Ramírez. En archivo adjunto puedes leer la nota de la FTSP-USO denunciando dicho indulto.
El Consejo de Ministros aprobó, el pasado 31 de octubre, un total de 23 indultos, publicados en el BOE. Entre todas estas medidas de gracia se encuentra la que fue concedida a Miguel Ángel Ramírez, presidente de la Unión Deportiva Las Palmas y propietario de la empresa de seguridad, Seguridad Integral Canaria. 
El Gobierno ha conmutado su pena de tres años y un día por otra de dos años para que, si el juez así lo considera, el presidente del club canario evite la cárcel.

http://es.calameo.com/read/00043425427babe75db62


Ampliamos la noticia sobre el indulto con el eco que la noticia está produciendo en diferentes medios de comunicación de Canarias:


EL GOBIERNO INDULTA A RAMÍREZ Y DEJA EN RIDÍCULO A LA FISCALÍA

El Consejo de Ministros indulta a Miguel Ángel Ramírez

MIGUEL ÁNGEL RAMÍREZ: BIOGRAFÍA EMPRESARIAL DE UN CARADURA INDULTADO

Continuaremos informando.

Fuerteventura, 02 de Diciembre de 2013